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AHSCONTROL > POSICIONES DE CONTROL
 
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Indice
 
 
 
 Ir1.- Preámbulo. Ir2.- Sector Barcelona (LECB).
 Ir3.- Sector Madrid (LECM). Ir4.- Sector Canarias (GCCC).
 
 
1.- Preámbulo.

Al objeto de racionalizar las posiciones de control y adaptarlas a la realidad en lo máximo posible, se define una nueva sectorización, así como se delimitan las posiciones de TWR, APP y CTR. 

Solo se especifican las posiciones correspondientes a aeródromos controlados, por lo que en lo referente a pequeños aeródromos no se establece ningún tipo de consideración. 

Al mismo tiempo se definen las limitaciones de titulación para poder ocupar cada una de las dependencias. En determinados casos y a efectos de formación de los ATCs pueden arbitrarse, por parte de sus instructores, habilitaciones especiales para permitirles el ocuparlas. 

Este nuevo diseño afecta además al desarrollo de eventos, ya que las posiciones que se definan en ellos deben adaptarse a esta organización, si bien y en eventos complicados por su alta participación AhControl puede definir nuevas posiciones. Por ello se recomienda al grupo de Eventos tenga en cuenta lo aquí expuesto y ante cualquier duda consulten con AhControl. 

Como hasta ahora, debe entenderse que una posición superior deberá tener bajo su control todas aquellas inferiores dentro de su sector y que no estén ocupadas. 

A efectos de clarificación, cuando se detallan los requisitos para poder ocupar una dependencia, se debe entender lo siguiente: 

  • Alumno ATC-I autorizado a IFR: Son los alumnos del curso ATC-I una vez finalizan la sesión práctica correspondiente a la cuarta tutoría. 

  • Alumno ATC-II autorizado: No existe a lo largo del desarrollo del curso ATC-II un punto específico donde se detalle dicha autorización, por lo que se dará por los instructores en el momento que se crea oportuno. Al mismo modo, y a efectos de formación, los alumnos ATC-II recibirán autorización para abrir CTRs por parte de sus instructores.

 
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2.- Sector Barcelona (LECB).

A continuación se detallan las posiciones de control dentro de dicho sector, así como los subsectores delegados (LECP_CTR y LECV_CTR).

 
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En la siguiente imagen pueden apreciarse los límites de los subsectores de LECV_CTR y LECP_CTR:

 
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Y el sector LECV_CTR más detallado:

 
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3.- Sector Madrid (LECM).

A continuación se detallan las posiciones de control dentro de dicho sector, así como los subsectores delegados (LECS_CTR y LEZL_CTR):

 
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En la siguiente imagen podemos observar el detalle del subsector Zona del Cantábrico:

 
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En la siguiente imagen podemos observar el detalle del subsector Zona de Sevilla:

 
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4.- Sector Canarias (GCCC).

A continuación se detallan las posiciones de control dentro de dicho sector, así como los subsectores delegados (GCCC_W_CTR, GCCC_E_CTR y GCCA_APP):

 
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En la imagen siguiente podemos ver el detalle de los subsectores:

 
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